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Compañías extranjeras presentes en Italia

En relación con las operaciones desarrolladas en Italia por parte de compañías con sede legal en el extranjero, el factor que determina si el rédito de dichas compañías es imponible en Italia o en el país de origen es el hecho de contar con una estructura que pueda ser considerada estable en Italia.

A pesar de la importancia de dicho factor, la legislación italiana no establece una definición específica de lo que se puede considerar una organización estable, por lo que se debe hacer referencia al concepto desarrollado por la casuística legal y los contenidos en los acuerdos contra el doble tributo firmados por Italia.

Generalmente dichos acuerdos, con algunas excepciones, hacen referencia al artículo 5 del documento Ocse contra el doble tributo en relación a la definición de organización estable. Según lo indicado en este documento, la expresión “organización estable” se refiere a sedes fijas en las que la sociedad desarrolla parcial o totalmente su propia actividad. Por lo tanto, si una compañía necesita contar con una organización estable en Italia tiene que desarrollar una estructura en el país que sea de naturaleza estable. El apartado 2 del artículo 5 hace mención a una serie de estructuras que normalmente corresponden a los requisitos de una sociedad estable, entre éstos los departamentos administrativos (esta definición en ninguna ocasión se encuentra en los acuerdos firmados por Italia), las filiales, las oficinas, los talleres y laboratorios.

Sin embargo, según la administración financiera italiana, (circular 7/1496 del 30 abril 1977), la creación misma en el territorio italiano de una estructura como anteriormente definida es suficiente para presuponer que se trate de una organización estable, sin que sea necesario realizar un control que confirme que la estructura en cuestión satisfaga todos los requisitos relativos a la sede fija, como especificado en el documento Ocse. El apartado 4 del artículo 5 contiene una lista de actividades de tipo preparatorio o auxiliar suficientes para facilitar una definición de sociedad estable aunque éstas sean desarrolladas por sedes fijas. Se trata de:
  • uso de instalaciones (o almacenamiento de mercancías) con el objetivo único de almacenar, exponer o entregar;
  • uso de sedes fijas con el objetivo único de adquirir mercancías o recoger informaciones;
  • uso de sedes fijas con el objetivo único de hacer publicidad, suministrar informaciones, desarrollar investigaciones científicas o actividades similares de tipo preparatorio o auxiliar para la sociedad.
Según el Ocse, dichas operaciones no determinan la existencia de sedes fijas y conservan su naturaleza preparatoria o auxiliar aunque se desarrollen de forma combinada. Sin embargo, esta norma no se refiere a ningún acuerdo firmado por Italia.

El apartado 5 indica que a falta de sede fija existe una organización estable cuando una sociedad extranjera trabaja en el territorio de otro país por medio de un agente contratado por ella (la relación de dependencia se determina no tanto por el tipo de contrato, sino por el grado de dependencia del agente a las instrucciones y al control de la sociedad) que cuenta con la facultad estable de firmar contratos por cuenta de la sociedad.

Sin embargo, el documento OCSE permite al agente en cuestión firmar contratos para todas las operaciones preparatorias indicadas en el apartado 4 sin la suposición de que exista una organización estable. En el acuerdo firmado por Italia, a la persona contratada que actúa en calidad de agente se le concede únicamente la facultad de adquirir bienes. Por último, el apartado 6 del artículo 5 del modelo OCSE determina que no existe organización estable si una sociedad de un estado actúa en otro estado mediante un intermediario, un comisionario general u otro intermediario independiente, siempre que dichas personas actúen en el contexto de sus propias normales operaciones.

La existencia de una organización estable en Italia, como ya se ha dicho, significa que la compañía en cuestión está sujeta al pago de los impuestos italianos (IRES e IRAP) sobre todo el rédito ganada en el país, y está obligada a instituir un sistema contable específico para tales fines.